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Décimo Transitorio ISSSTE

En Sánchez & Asociados Corporativo Jurídico revisamos pensiones bajo el régimen del Décimo Transitorio del ISSSTE para determinar si la persona reúne los requisitos de jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios o cesantía en edad avanzada.

La estrategia se construye con la edad, los años de cotización reconocidos, la fecha de ingreso al servicio público, la fecha proyectada de baja, las hojas únicas de servicio, el sueldo básico y las posibles diferencias entre dependencias e Instituto.

No conviene causar baja sin revisar antes: la fecha de separación puede determinar si ya se cumple la edad mínima, si están reconocidos todos los años de servicio y qué sueldo básico se utilizará para la pensión.
Abogada revisando documentos para pensión bajo el Décimo Transitorio del ISSSTE
Revisión de régimen, edad, años cotizados, dependencias, hojas de servicio, sueldo básico, movimientos laborales y fecha adecuada para causar baja.

Dirección General Jurídica

La estrategia jurídica del despacho es dirigida por Alicia Sánchez Hernández, Fundadora y Directora General de Sánchez & Asociados Corporativo Jurídico. El análisis se realiza con documentos verificables para evitar errores en años de servicio, sueldo básico, fecha de baja o tipo de pensión.

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¿A quién puede aplicar este régimen?

Este régimen corresponde a personas trabajadoras que cotizaban al ISSSTE cuando entró en vigor la Ley de 2007 y cuya opción pensionaria quedó ubicada en el esquema previsto por el artículo Décimo Transitorio.

La opción debe verificarse

No debe suponerse únicamente por la edad, la dependencia o los años trabajados.

Es distinta de Cuenta Individual

Cambian los requisitos, la forma de cálculo y las modalidades de pensión.

Puede haber varias dependencias

Todos los periodos deben integrarse correctamente en el historial reconocido.

La baja importa

La edad y los años deben cumplirse en la fecha jurídicamente relevante.

Principales tipos de pensión

Jubilación

Requiere treinta años de cotización para trabajadores o veintiocho para trabajadoras, además de la edad mínima aplicable en la fecha de baja.

Edad y tiempo de servicios

Requiere por lo menos quince años de cotización y la edad mínima aplicable. El porcentaje depende de los años reconocidos.

Cesantía en edad avanzada

Requiere separación del servicio, la edad legal correspondiente y al menos diez años de cotización reconocidos.

El decreto publicado el 24 de junio de 2025 detuvo el aumento de la edad mínima de jubilación en 58 años para trabajadores y 56 años para trabajadoras como punto de partida, e instruyó una reducción gradual. La edad aplicable debe revisarse conforme a la fecha exacta en que se proyecta causar baja.

Qué revisamos antes de presentar el trámite

Fecha de nacimiento: para verificar la edad aplicable.
Primer ingreso: fecha de incorporación al servicio público.
Años reconocidos: periodos aceptados oficialmente por el ISSSTE.
Dependencias: instituciones, plazas y periodos trabajados.
Situación laboral: activo, baja, licencia, reingreso o interrupción.
Fecha de baja: real o proyectada para revisar requisitos.
Sueldo básico: monto registrado para efectos pensionarios.
Opción pensionaria: confirmación del Décimo Transitorio.

Documentos que pueden ayudar

Hoja Única de Servicios

Permite acreditar periodos, puestos y sueldos de cada dependencia.

Expediente electrónico ISSSTE

Ayuda a revisar afiliación, datos personales e historial institucional.

Talones de pago

Sirven para contrastar sueldo básico, descuentos y movimientos.

Nombramientos, altas y bajas

Ayudan a reconstruir fechas, plazas, licencias y reingresos.

Constancia de opción pensionaria

Permite confirmar formalmente el régimen aplicable.

Resoluciones o negativas

Son necesarias si el Instituto ya rechazó, calculó o condicionó la pensión.

Problemas frecuentes que deben detectarse

Años de servicio faltantes

Una dependencia o periodo puede no aparecer correctamente reconocido.

Sueldo básico incorrecto

El sueldo registrado puede no coincidir con la documentación laboral.

Nombre, CURP o RFC distintos

Las diferencias de identidad pueden impedir integrar correctamente el expediente.

Licencias o interrupciones

No todos los periodos tienen necesariamente el mismo efecto pensionario.

Baja anticipada

Separarse antes de cumplir un requisito puede obligar a esperar o modificar la estrategia.

Tipo de pensión mal elegido

Jubilación, edad y tiempo o cesantía producen resultados y requisitos distintos.

Cómo trabajamos la revisión

1

Confirmamos el régimen

Verificamos que efectivamente corresponda el Décimo Transitorio.

2

Integramos el historial

Ordenamos dependencias, años, altas, bajas y hojas de servicio.

3

Comparamos modalidades

Revisamos jubilación, edad y tiempo o cesantía según el caso.

4

Definimos la fecha

Proponemos la ruta documental y la fecha adecuada para actuar.

Preguntas frecuentes

¿Cómo confirmo que estoy en Décimo Transitorio?

Debe revisarse la opción pensionaria reconocida por el ISSSTE y la documentación institucional. No basta con haber ingresado antes de 2007.

¿Cuántos años se requieren para jubilación?

Treinta años de cotización para trabajadores o veintiocho para trabajadoras, además de la edad mínima aplicable.

¿La edad es la misma todos los años?

No necesariamente. Debe revisarse la regulación vigente y la fecha exacta en que se pretende causar baja.

¿Puedo pensionarme con quince años de servicio?

Puede existir una opción por edad y tiempo de servicios si también se reúne la edad legal y los demás requisitos.

¿Conviene causar baja antes de reunir los documentos?

No. Primero conviene revisar régimen, edad, años reconocidos, sueldo básico y posibles omisiones.

¿Qué hago si faltan años de una dependencia?

Debe localizarse la documentación laboral y solicitar la integración o corrección correspondiente antes de resolver la pensión.

¿El simulador oficial sustituye la revisión documental?

No. Es una herramienta orientativa y no sustituye la resolución del Instituto ni la revisión de los documentos.

Servicios relacionados

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Revisa edad, años y fecha de baja antes de pensionarte

Envíanos edad, fecha de ingreso, años reconocidos, dependencias, régimen, situación laboral, fecha de baja proyectada y documentos disponibles.

Enviar información por WhatsApp

La procedencia y el cálculo dependen de la opción pensionaria, la edad, los años reconocidos, la fecha de baja, el sueldo básico y la documentación disponible.