Convenio Laboral Incumplido en Puebla y Tlaxcala
En Sánchez & Asociados Corporativo Jurídico revisamos casos en los que una empresa o persona empleadora no cumplió un convenio laboral en la fecha, cantidad o forma de pago acordadas.
La atención se enfoca en asuntos con documentos verificables: convenio firmado, copia certificada, calendario de pagos, comprobantes, mensajes, depósitos parciales y datos de la autoridad ante la que se celebró.

Dirección General Jurídica
La estrategia jurídica del despacho es dirigida por Alicia Sánchez Hernández, Fundadora y Directora General de Sánchez & Asociados Corporativo Jurídico. Antes de iniciar una ejecución se revisa la naturaleza del convenio, la autoridad competente, la cantidad exigible, el vencimiento y las pruebas del incumplimiento.
¿Qué tipo de convenio tienes?
Centro de Conciliación
Convenio celebrado y ratificado ante un Centro de Conciliación laboral, con copia autorizada o certificada.
Tribunal o Junta
Convenio aprobado dentro de un expediente laboral o ante la autoridad que conocía del conflicto.
Acuerdo privado
Documento firmado entre las partes sin ratificación. Requiere un análisis distinto para determinar su alcance y la vía procedente.
Situaciones que revisamos
No pagaron en la fecha pactada
La cantidad debía cubrirse en una fecha determinada y el pago no fue realizado.
Incumplieron una parcialidad
Se pagaron algunas exhibiciones, pero una o más parcialidades quedaron vencidas.
Pagaron menos
El depósito o efectivo recibido no coincide con la cantidad establecida en el convenio.
Condicionan el pago
La parte obligada pretende imponer nuevas firmas, renuncias o condiciones no previstas.
No entregaron documentos
El convenio también contemplaba constancias, baja, carta, recibos u obligaciones de hacer.
Niegan lo acordado
La empresa desconoce el convenio, cambia de domicilio o deja de contestar comunicaciones.
Parcialidades y pena convencional
Cuando el convenio ante el Centro de Conciliación establece pagos diferidos, debe revisarse si contiene una pena convencional por el retraso. El cálculo depende del texto del convenio, los días transcurridos y el cumplimiento parcial.
Fecha de vencimiento
Debe identificarse el día exacto en que la obligación se volvió exigible.
Saldo insoluto
Se descuentan únicamente los pagos efectivamente recibidos y acreditados.
Pena pactada
Se revisa su redacción, base, periodo de aplicación y monto acumulado.
Otras obligaciones
Entrega de documentos, constancias, pagos en especie o actos expresamente acordados.
Documentos que necesitamos revisar
Cómo revisamos el caso
Verificamos el convenio
Autoridad, firmas, ratificación, expediente y obligaciones pactadas.
Determinamos el adeudo
Cantidad exigible, parcialidades, pagos acreditados y posible pena.
Definimos competencia
Tribunal local o federal y lugar en el que debe solicitarse la ejecución.
Preparamos la ejecución
Solicitud, documentos certificados y medidas necesarias para exigir cumplimiento.
Ejecución o nueva reclamación
Ejecución
Busca hacer cumplir una obligación ya reconocida en un convenio con fuerza ejecutiva. No vuelve a discutirse desde cero el conflicto terminado.
Nueva reclamación
Puede ser necesaria cuando solo existe una promesa, un acuerdo privado incompleto o conceptos laborales que quedaron fuera del convenio.
¿Qué puede solicitarse al Tribunal?
Cuando el convenio es ejecutable y existe incumplimiento, se solicita al Tribunal competente que requiera su cumplimiento conforme a la Ley Federal del Trabajo. Las medidas específicas dependen del contenido del convenio, la cantidad líquida, el domicilio y los bienes o cuentas identificables de la parte obligada.
Requerimiento de pago
Se exige la cantidad líquida y vencida prevista en el convenio.
Embargo
Puede analizarse conforme al procedimiento de ejecución y las medidas ordenadas por el Tribunal.
Cumplimiento de obligaciones
También se revisan actos distintos al pago que hayan quedado expresamente pactados.
Gastos de ejecución
La ley contempla que los gastos originados por la ejecución sean a cargo de quien incumple.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que volver a conciliar?
Cuando existe un convenio celebrado ante el Centro de Conciliación y no fue cumplido, la revisión se enfoca en su ejecución ante el Tribunal competente.
¿Sirve una fotografía del convenio?
Puede ayudar para una revisión inicial, pero para promover normalmente se requiere el documento completo y la copia certificada o autorizada correspondiente.
¿Qué pasa si pagaron una parte?
Se determina el saldo pendiente, las fechas incumplidas y la aplicación de la pena convencional conforme al texto firmado.
¿Puedo exigir la pena por retraso?
Debe revisarse si fue pactada, su forma de cálculo y los días durante los cuales existió incumplimiento.
¿Qué ocurre si el acuerdo fue privado?
Un acuerdo privado no ratificado requiere revisar su validez, alcance y la vía jurídica adecuada; no debe asumirse que tiene automáticamente la misma fuerza que un convenio ante autoridad.
¿Atienden otros estados?
La atención principal es Puebla y Tlaxcala. Otros asuntos se revisan según autoridad, competencia, documentación y viabilidad.
Servicios relacionados
Envíanos el convenio y la fecha de pago incumplida
Indica autoridad, expediente, fecha del convenio, cantidad total, parcialidades, pagos recibidos, saldo pendiente y domicilio del centro de trabajo.
Enviar información por WhatsAppLa estrategia depende del tipo de convenio, la autoridad que lo aprobó, el saldo exigible, la competencia y los documentos disponibles.